ORDEN de 30 de enero de 2008, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca una beca de formación en prácticas de Diplomados Universitarios en Gestión y Administración Públicas, Ciencias Empresariales y Relaciones Laborales, Magisterio y Humanidades o haber superado los tres primeros cursos de las licenciaturas de Derecho, Economía, Administración y Dirección de empresas y la conjunta de Derecho y Administración y Dirección de Empresas, Ciencias de la Educación y Filosofía y Letras en la Subdirección de Economía y Hacienda del Servicio Provincial del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo en Teruel.

Publicado el 15/02/2008 (Nº 19)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO
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Texto completo:

ORDEN de 30 de enero de 2008, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca una beca de formación en prácticas de Diplomados Universitarios en Gestión y Administración Públicas, Ciencias Empresariales y Relaciones Laborales, Magisterio y Humanidades o haber superado los tres primeros cursos de las licenciaturas de Derecho, Economía, Administración y Dirección de empresas y la conjunta de Derecho y Administración y Dirección de Empresas, Ciencias de la Educación y Filosofía y Letras en la Subdirección de Economía y Hacienda del Servicio Provincial del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo en Teruel.

El Departamento de Economía, Hacienda y Empleo convoca una beca de formación en prácticas en la Subdirección Provincial de Economía y Hacienda del Servicio Provincial del Departamento en Teruel.

Esta beca está orientada a la formación de jóvenes profesionales aragoneses para su posterior integración en el mercado laboral, facilitando su especialización en disciplinas jurídicas y financieras como son el derecho público aragonés y la gestión de los tributos cedidos a la Comunidad Autónoma de Aragón.

La convocatoria y adjudicación de dicha beca, así como los derechos y obligaciones del beneficiario de la misma y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, se ajustará a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Mediante la presente Orden se establecen las bases y se convoca la adjudicación de una beca de formación en prácticas en la Subdirección de Economía y Hacienda de Teruel.

Bases

Primera.-Objeto:

El objeto de la presente Orden consiste en establecer las bases reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de una beca de formación en prácticas en la Subdirección de Economía y Hacienda del Servicio Provincial del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo en Teruel.

Segunda.-Duración:

El período de duración de esta beca se extenderá desde la incorporación del becario hasta el 31 de diciembre de 2008, pudiendo ser prorrogada por un año.

Tercera.-Dotación y devengo:

3.1. La beca estará dotada con una cuantía de 900 euros mensuales, que se devengará por meses vencidos. En el caso de que la beca sea prorrogada, ésta experimentará un incremento igual al del Indice de Precios al Consumo.

3.2. Por el Departamento de Economía, Hacienda y Empleo se procederá a contratar una póliza de seguros de accidentes a favor del becario seleccionado, en tanto esté en el ejercicio de sus funciones.

3.3. Los gastos originados por esta convocatoria se financiarán en su totalidad con cargo a la aplicación presupuestaria 12050/6311/480174/91002

Cuarta.-Requisitos:

4.1 Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario en Gestión y Administración Públicas, Ciencias Empresariales y Relaciones Laborales, Magisterio y Humanidades o haber superado los tres primeros cursos de las licenciaturas de Derecho, Economía, Administración y Dirección de empresas y la conjunta de Derecho y Administración y Dirección de Empresas, Ciencias de la Educación y Filosofía y Letras.

4.2 Haber terminado los estudios conducentes a la obtención del título requerido, o haber superado los tres primeros cursos de la licenciatura, en los seis años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

4.3 No haber disfrutado anteriormente de otra beca de similares características en la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

4.4 La condición de becario es incompatible con la realización de cualquier otro tipo de beca o ayuda similar concedida por entidades públicas o privadas.

Quinta.-Solicitudes:

5.1.-Las solicitudes dirigidas al Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, deberán presentarse en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Aragón, o por cualquier otro procedimiento de los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.2.-Las solicitudes se formalizarán con los documentos que a continuación se indican:

a) Instancia de solicitud, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, que consta en la página web de la Dirección General de Tributos (www.aragon.es). En dicha instancia se hará constar la aceptación expresa de las bases y del baremo incluidos en la presente convocatoria.

b) Certificado del expediente académico con las calificaciones de todas las materias en cada curso.

c) «Currículum vitae» del aspirante, con indicación de estudios complementarios, publicaciones, cursillos, becas obtenidas, participación en procesos selectivos de cualquiera de las Administraciones Tributarias, trabajos de investigación realizados y cualquier otra actividad o méritos que el solicitante considere oportuno alegar, debiendo acreditarse los mismos con la documentación pertinente y no siendo valorados aquellos que no se encuentren debidamente justificados.

d) Fotocopia del D.N.I.

Los méritos alegados deberán ser acreditados con la documentación pertinente, no siendo valorados aquellos que no se encuentren debidamente documentados.

5.3.-El plazo de presentación de solicitudes es de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón».

Sexta.-Proceso de evaluación y selección:

6.1. La selección de los becarios se realizará por una comisión designada al efecto por el Ilmo. Sr. Director General de Tributos, debiendo estar integrada por funcionarios destinados en la Dirección General de Tributos o en las Subdirecciones de Economía y Hacienda, con la siguiente estructura:

Presidente: Un Jefe del Servicio o Subdirector de Economía y Hacienda

Vocales: Dos Jefes de Sección

Secretario: Un funcionario

6.2. La Comisión evaluará las solicitudes presentadas de conformidad con el siguiente baremo:

-Expediente académico: hasta 5 puntos, valorándose especialmente aquellas asignaturas relacionadas con el derecho civil, derecho mercantil y tributario.

-Experiencia en actividades tributarias: hasta 2,5 puntos

-Cursos y otros méritos: hasta 2,5 puntos

6.3. La última fase de la selección se efectuará mediante una entrevista personal a los candidatos, valorándose la misma hasta un máximo de 3 puntos.

6.4. La concesión de la beca se realizará por Orden del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo.

6.5. Los candidatos que no resulten seleccionados quedarán en calidad de reserva a los efectos de lo señalado en la base 6.6 siguiente.

6.6. En caso de renuncia o incumplimiento de las condiciones previstas en las presentes bases, la beca vacante será ofrecida al primer candidato que figure en la lista de reserva y así sucesivamente.

6.7. Asimismo, la lista de espera prevista en la presente convocatoria será también de aplicación a las vacantes que pudieran derivarse de las becas de formación en prácticas de Técnico Liquidador Tributario convocadas con anterioridad a esta Orden, siempre que se hubiere agotado su correspondiente lista de espera y no hubiese finalizado su periodo de vigencia.

Séptima.-Obligaciones del becario:

7.1. El becario desarrollará sus prácticas en jornada de 30 horas semanales, en horario de 8:30 a 14:30 horas, de lunes a viernes, en las dependencias de las Subdirecciones de Economía y Hacienda de los Servicios Provinciales de Economía, Hacienda y Empleo de Teruel.

7.2. La inasistencia sin justificación y el incumplimiento reiterado de las obligaciones asignadas podrán ser motivo de rescisión de la beca, previa audiencia del interesado.

7.3. La renuncia del becario, en su caso, deberá ser comunicada al Ilmo. Sr. Director General de Tributos con una antelación mínima de 15 días.

7.4. La condición de becario no dará lugar, bajo ningún concepto, a relación laboral ni administrativa con la Diputación General de Aragón, ni a su inclusión en la Seguridad Social.

Octava.-Certificado de prácticas:

El Director General de Tributos expedirá el correspondiente certificado de los trabajos realizados en el momento de finalización de estas becas.

Novena.-Incidencias:

Por el Departamento de Economía, Hacienda y Empleo se resolverán cuantas incidencias pudieran suscitarse en la aplicación de las anteriores bases.

Zaragoza, 30 de enero de 2008.

El Consejero de Economía, Hacienda

y Empleo, ALBERTO LARRAZ VILETA